Artículo 24 de Reglamento de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa
Reglamento de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 24.- Los programas y proyectos relacionados con la INFE que apruebe el Instituto, deberán considerar la planeación referida en los artículos 11 y 12 de la Ley, así como en los artículos 22 y 23 del presente Reglamento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.