Artículo 27 de Reglamento de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa
Reglamento de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 27.- Los recursos que se destinen a la INFE no podrán ejercerse para fines distintos a los que fueron asignados o convenidos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.