Artículo 7 de Reglamento de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa
Reglamento de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.- El Instituto participará, en el ámbito de sus atribuciones, en la elaboración de Normas Mexicanas y Normas Oficiales Mexicanas, en términos de lo dispuesto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.