Reglamento federal

Artículo 135 de Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre

Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre · Última reforma de referencia: 09-05-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 135. Para la transferencia de derechos de aprovechamiento no extractivo, los titulares de autorizaciones seguirán el procedimiento establecido en el artículo 92 de este Reglamento.

CAPÍTULO NOVENO Mascotas o Animales de Compañía Capítulo adicionado DOF 09-05-2014

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 135 de Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre?

Para la transferencia de derechos de aprovechamiento no extractivo, los titulares de autorizaciones seguirán el procedimiento establecido en el artículo 92 de este Reglamento. CAPÍTULO NOVENO Mascotas o Animales de…

¿Está vigente el artículo 135?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 09-05-2014. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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