Artículo 22 de Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco
Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco · Última reforma de referencia: 09-10-2012 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 22.- Cuando se importen productos del tabaco, la Secretaría podrá tomar muestras de los mismos con la finalidad de verificar que cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, este Reglamento y demás disposiciones legales aplicables.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.