Artículo 82 de Reglamento de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
Reglamento de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 82. En el Programa se deberán definir entre otros aspectos, las políticas públicas que se pretendan impulsar, así como las acciones a emprender, que permitan el cumplimiento del objetivo general, los objetivos específicos, estrategias y líneas de acción del mismo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.