Artículo 83 de Reglamento de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
Reglamento de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 83. El Programa deberá delinear los contenidos que se vinculan con la participación de los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios en lo que corresponde a la ejecución del mismo.
Capítulo XII Del Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.