Artículo 47 de Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia
Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 47. La integración de los Consejos de Área deberá reflejar la diversidad de sus respectivas especialidades, así como de los territorios que sean competencia de los Centros INAH.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.