Reglamento federal

Artículo 16 de Reglamento de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas

Reglamento de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 16.- La Junta de Gobierno contará con una Secretaría Ejecutiva, que será la persona titular de la Coordinación Ejecutiva Nacional, y tendrá las funciones siguientes:

I. Coordinar la logística de las sesiones de la Junta de Gobierno;

II. Someter a consideración del Presidente el orden del día para las sesiones de la Junta de Gobierno;

III. Emitir las convocatorias de sesión de la Junta de Gobierno, para lo cual deberá adjuntar el orden del día y la documentación correspondiente de los temas a tratar;

IV. Elaborar la convocatoria;

V. Verificar la asistencia de los miembros de la Junta de Gobierno y determinar la existencia del quórum para sesionar;

VI. Efectuar el conteo de las votaciones durante las sesiones de la Junta de Gobierno;

VII. Elaborar y suscribir, conjuntamente con el Presidente y los integrantes de la Junta de Gobierno, las actas correspondientes de las sesiones de la Junta de Gobierno;

VIII. Dar seguimiento a los acuerdos que se adopten en las sesiones de la Junta de Gobierno;

IX. Elaborar el proyecto del programa anual de trabajo de la Junta de Gobierno, y X. Las demás que le instruya el Presidente o determine la Junta de Gobierno.

CAPÍTULO II DE LAS ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DE GOBIERNO

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 16 de Reglamento de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas?

La Junta de Gobierno contará con una Secretaría Ejecutiva, que será la persona titular de la Coordinación Ejecutiva Nacional, y tendrá las funciones siguientes: I. Coordinar la logística de las sesiones de la Junta de…

¿Está vigente el artículo 16?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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