Artículo 19 de Reglamento de la Ley que Crea el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura
Reglamento de la Ley que Crea el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura · Última reforma de referencia: 10-05-2007 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 19.- La garantía sólo podrá referirse al principal, sin que pueda extenderse a los intereses u otras prestaciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.