Artículo 10.017.08 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[TÍTULO DÉCIMO — CAPÍTULO CUARTO] 10.017.08 La suspensión que decrete la Bolsa en los términos previstos por esta Sección podrá comprender todos los Tipos de Valor y Series de la misma Emisora, incluyendo, en su caso, los títulos opcionales que tengan como activo subyacente los valores de que se trate. X- 9
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.