Artículo 10.022.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[TÍTULO DÉCIMO — CAPÍTULO CUARTO] 10.022.00 La Bolsa podrá suspender una Sesión de Remate en curso, cuantas veces sea necesario durante un mismo día, cuando se presente un Movimiento Inusitado del Mercado. Asimismo, en caso de que se presente una variación a la baja en el principal Indicador del Mercado de Capitales, la Bolsa podrá suspender la Sesión de Remate en curso, durante el tiempo necesario y conforme a los rangos y metodología establecidos en el Manual.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.