Artículo 11.002.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[TÍTULO DÉCIMO PRIMERO — CAPÍTULO CUARTO] 11.002.00 La Bolsa, en ningún caso, ante el presunto responsable o terceros, será responsable por daños o perjuicios que se pudieren ocasionar con motivo de la instauración de algún procedimiento disciplinario o de la imposición de las medidas disciplinarias y correctivas a que se refiere la disposición 11.001.00 de este Reglamento. SECCIÓN PRIMERA AMONESTACIÓN
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.