Artículo 12.003.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO — CAPÍTULO CUARTO] 12.003.00 Las propuestas de iniciativa para la emisión, modificación o derogación de normas autorregulatorias se presentarán por escrito dirigido a la Bolsa. Toda iniciativa que se presente a la Bolsa conforme a lo previsto en esta disposición, deberá contener una propuesta de la materia que se pretende normar, indicando las razones que la motivan y los objetivos que se persiguen con su expedición, acompañada de la documentación, información y demás elementos que sustenten el contenido de la iniciativa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.