Artículo 2.005.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[Título Décimo Cuarto — Capítulo Cuarto] 2.005.00 La Bolsa resolverá sobre la admisión de una casa de bolsa aspirante a Miembro una vez que se integre la documentación e información necesaria. La resolución surtirá efectos a partir de la fecha en que sea notificada. CAPÍTULO SEGUNDO DERECHOS Y OBLIGACIONES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.