Reglamento federal

Artículo 4.003.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)

Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

[TÍTULO CUARTO — CAPÍTULO CUARTO] 4.003.00 El apartado del Listado de valores autorizados para cotizar en el Sistema Internacional de Cotizaciones se dividirá en las siguientes Secciones: I. Sección “SIC Capitales”. De acciones, certificados, títulos de crédito y demás documentos que se emitan en serie o en masa al amparo de leyes o disposiciones extranjeras, que otorguen a sus titulares derechos de propiedad o de participación en el capital de personas morales que sean objeto de negociación en algún mercado de valores del exterior, así como los valores estructurados a que se refieren las Disposiciones aplicables y que no estén inscritos en el Registro. IV- 2 Asimismo, quedarán comprendidos los valores que sean emitidos por vehículos de inversión colectiva, listados y cotizados a lo largo de las sesiones bursátiles en las bolsas de valores de mercados del exterior, cuyo objetivo primordial consista en buscar reproducir el comportamiento de uno o más índices, activos financieros o parámetros de referencia o reproducir matemática o estadísticamente de forma inversa o exponencial dichos índices, activos financieros o parámetros de referencia. II. Sección “SIC Deuda”. De instrumentos de deuda que se emitan en serie o en masa al amparo de leyes o disposiciones extranjeras, que otorguen a sus titulares derechos de crédito, así como valores estructurados a que se refieren las Disposiciones aplicables y que no estén inscritos en el Registro, siempre que sean objeto de negociación en algún mercado de valores del exterior.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 4.003.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)?

[TÍTULO CUARTO — CAPÍTULO CUARTO] 4.003.00 El apartado del Listado de valores autorizados para cotizar en el Sistema Internacional de Cotizaciones se dividirá en las siguientes Secciones: I. Sección “SIC Capitales”. De…

¿Está vigente el artículo 4.003.00?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2025-08-08. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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