Artículo 5.023.01 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[Título de obligaciones u otros valores emitidos para documentar canjes decretados — CAPÍTULO CUARTO] 5.023.01 Los Miembros podrán solicitar a la Bolsa el servicio de acceso al Sistema Electrónico de Negociación por medio de la red mundial conocida como “Internet”, para su uso exclusivo en aquellos casos en que no puedan formular Posturas o concertar Operaciones a través de las terminales del referido sistema por los problemas técnicos que se especifican en el Manual, y sujetándose a lo señalado en las disposiciones siguientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.