Artículo 5.025.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[Título de obligaciones u otros valores emitidos para documentar canjes decretados — CAPÍTULO CUARTO] 5.025.00 Los Operadores deberán cambiar su clave de acceso en la primera ocasión en que hagan uso de ella y tendrán la obligación de modificarla con la periodicidad que se señale en el Manual. Se deroga.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.