Artículo 5.080.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[Título de obligaciones u otros valores emitidos para documentar canjes decretados — CAPÍTULO CUARTO] 5.080.00 En caso de suscripción, el Ex-Derecho y/o el Precio Ajustado tendrá vigencia a partir del primer día hábil en que dé inicio el periodo de suscripción. Se deroga. Tratándose de valores representativos del capital social de Emisoras de nacionalidad extranjera que se negocien en el mercado de capitales, la Bolsa para determinar el Ex-Derecho y/o el Precio Ajustado en el caso de suscripciones, tomará en consideración los procedimientos y plazos que prevalezcan en el mercado de origen o de cotización principal del valor respectivo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.