Artículo 6.005.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[Título de obligaciones u otros valores emitidos para documentar canjes decretados — CAPÍTULO CUARTO] 6.005.00 Para el ejercicio de derechos corporativos o patrimoniales, el Ex-Derecho y/o Precio Ajustado se calculará, en su caso, conforme a los procedimientos y plazos que prevalezcan en el mercado de origen o de cotización principal del valor respectivo, debiendo el Indeval informar a la Bolsa, con la suficiente anticipación, de las fechas para el ejercicio de los referidos derechos. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, para efectos del cálculo del Precio Ajustado, la Bolsa tomará como referencia el precio de cierre del mercado de origen o de cotización principal del valor respectivo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.