Artículo 9.001.00 de Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)
Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) · Última reforma de referencia: 2025-08-08 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[Título de obligaciones u otros valores emitidos para documentar canjes decretados — CAPÍTULO CUARTO] 9.001.00 La Bolsa recibirá, mantendrá y, en su caso, divulgará entre el público en general la información a que se refiere el presente Título, en los medios señalados en el mismo. CAPÍTULO PRIMERO RECEPCIÓN DE INFORMACIÓN
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.