Artículo 18 de Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, firmado en San Salvador, El Salvador, el 22 de noviembre de 2011.
Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, firmado en San Salvador, El Salvador, el 22 de noviembre de 2011. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1: Definición Para los efectos de este Capítulo, se entenderá por:
resolución administrativa de aplicación general: una resolución o interpretación administrativa que se aplica a todas las personas y situaciones de hecho que generalmente entren en su ámbito, y que establece una norma de conducta, pero no incluye:
(a) resoluciones o fallos en un procedimiento administrativo o cuasi-judicial que se aplica a una persona, mercancía o servicio en particular de la otra Parte en un caso específico; o (b) un fallo que resuelva respecto de un acto o práctica en particular.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.