Artículo 13 de Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Popular China sobre Extradición, hecho en la ciudad de Beijing el 11 de julio de 2008.
Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Popular China sobre Extradición, hecho en la ciudad de Beijing el 11 de julio de 2008. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Extradición Sumaria La Parte Requerida deberá tomar todas las medidas permitidas de conformidad con su legislación nacional para hacer expedita la extradición de la persona requerida, si ésta manifiesta su aceptación a ser extraditada a las autoridades competentes de esa Parte.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.